Términos y Condiciones de las Consultas Jurídicas
Dra. Tamara Rosales – Estudio Jurídico
Última actualización: septiembre de 2026.
La reserva y contratación de una consulta jurídica con el Estudio implica la aceptación de los presentes Términos y Condiciones, sin perjuicio de los derechos y obligaciones que correspondan conforme a la normativa aplicable.
1. Reserva de la consulta
Las consultas jurídicas pagas se reservan exclusivamente a través del sistema de turnos Agenda Online, mediante el enlace disponible en este sitio web.
El consultante podrá seleccionar el tipo de consulta, el día y horario disponibles, completar los datos requeridos y efectuar el pago correspondiente.
La reserva se considerará confirmada únicamente cuando el proceso haya sido completado correctamente y el sistema informe la confirmación del turno y, cuando corresponda, la aprobación del pago.
La sola selección de un horario, sin completar la reserva y el pago correspondiente, no garantiza su disponibilidad.
2. Pago
El valor de cada consulta será el informado al momento de realizar la reserva.
Los pagos vinculados con los turnos se procesan mediante las herramientas habilitadas por Agenda Online y Mercado Pago.
El Estudio no solicitará a través de su sitio web, WhatsApp, correo electrónico o redes sociales contraseñas, claves bancarias, códigos de seguridad ni datos completos de tarjetas de crédito o débito.
El importe abonado corresponde exclusivamente a la consulta seleccionada y no implica la contratación de servicios profesionales distintos o posteriores.
3. Confirmación del turno
Una vez completado correctamente el proceso de reserva y pago, el consultante recibirá la confirmación correspondiente con los datos de su turno.
Es responsabilidad del consultante verificar que el número telefónico, correo electrónico y demás datos proporcionados sean correctos.
También será responsabilidad del consultante revisar las comunicaciones relacionadas con el turno y conservar los datos necesarios para acceder a la consulta.
4. Duración de la consulta
Cada consulta tendrá la duración indicada al momento de efectuar la reserva.
Cuando la consulta contratada tenga una duración de 30 minutos, dicho plazo comprende el tiempo total reservado para la atención del consultante.
La duración del turno no se extenderá automáticamente por demoras del consultante, dificultades atribuibles a éste o por la existencia de mayor cantidad de cuestiones de las que razonablemente puedan abordarse dentro del tiempo contratado.
Si por la extensión o complejidad del asunto fuera necesario continuar el análisis, podrá proponerse una nueva consulta o una modalidad diferente de atención.
5. Puntualidad y tolerancia
Se solicita al consultante presentarse o conectarse puntualmente al horario reservado.
Se establece una tolerancia máxima de 10 minutos.
Si el consultante se presenta o conecta dentro de esos 10 minutos, la consulta podrá llevarse adelante, pero finalizará en el horario originalmente previsto a fin de no perjudicar los turnos posteriores.
La demora del consultante no genera derecho a extender la duración de la consulta ni a obtener una reducción o devolución parcial del importe abonado.
Superados los 10 minutos de demora, cuando ya no resulte razonablemente posible desarrollar la consulta dentro del tiempo restante, el turno podrá considerarse inasistencia y se aplicará lo establecido en el apartado siguiente.
6. Inasistencia
Se considerará inasistencia cuando el consultante no se presente o no se conecte al turno reservado, o cuando se presente o conecte con más de 10 minutos de demora y ya no resulte posible desarrollar adecuadamente la consulta dentro del horario contratado.
También podrá considerarse inasistencia cuando el consultante abandone unilateralmente la consulta antes de su inicio efectivo sin haber solicitado previamente una cancelación o reprogramación conforme a estas condiciones.
En caso de inasistencia, el turno se considerará utilizado y el importe abonado no será reintegrado. El pago tampoco quedará a cuenta de una consulta futura.
Si el consultante desea obtener un nuevo turno, deberá efectuar una nueva reserva y abonar nuevamente la consulta correspondiente.
La inasistencia sólo podrá ser considerada justificada excepcionalmente cuando exista una circunstancia atendible y el Estudio acepte expresamente una reprogramación.
La existencia de una causa excepcional no genera automáticamente derecho a reprogramación o reintegro.
Si la imposibilidad de realizar la consulta fuera atribuible al Estudio, no se considerará inasistencia del consultante.
7. Reprogramación
El consultante podrá solicitar la reprogramación de su turno con una anticipación mínima de 24 horas respecto del horario reservado.
La reprogramación estará sujeta a la disponibilidad de nuevos turnos y no garantiza un día u horario determinado.
La solicitud podrá efectuarse mediante los medios habilitados o comunicándose al WhatsApp del Estudio: +54 9 11 7234-6576.
Una reprogramación solicitada con menos de 24 horas de anticipación podrá ser rechazada, en cuyo caso se aplicarán las reglas previstas para cancelaciones tardías o inasistencia, según corresponda.
8. Cancelaciones
El consultante podrá cancelar su turno con una anticipación mínima de 24 horas.
Cuando la cancelación sea efectuada dentro de ese plazo, podrá optar por solicitar una reprogramación o, cuando corresponda conforme al sistema y medio de pago utilizado, el reintegro del importe abonado.
Las cancelaciones realizadas con menos de 24 horas de anticipación no generarán, en principio, derecho al reintegro del importe abonado, debido a que ese horario fue reservado exclusivamente para el consultante y pudo impedir su asignación a otra persona.
9. Reintegros
Cuando corresponda efectuar un reintegro, éste será gestionado, en la medida en que resulte técnicamente posible, mediante el mismo sistema o medio de pago utilizado originalmente.
Los plazos de acreditación posteriores podrán depender de Mercado Pago, la entidad bancaria, la tarjeta o el proveedor del medio de pago, y no necesariamente del Estudio.
Si la consulta debiera ser cancelada por una causa atribuible al Estudio, el consultante podrá optar entre reprogramarla sin costo adicional o solicitar el reintegro del importe abonado.
Si el Estudio determinara antes de analizar el fondo del asunto que existe un impedimento profesional o conflicto de intereses que imposibilita la atención, corresponderá asimismo el reintegro cuando la consulta ya hubiera sido abonada y no pudiera prestarse.
Todo ello se entiende sin perjuicio de los derechos que pudieran corresponder conforme a normas de carácter obligatorio.
10. Naturaleza y alcance de la consulta
La contratación tiene por objeto exclusivamente la consulta jurídica seleccionada al efectuar la reserva.
Durante la consulta se analizará la situación planteada sobre la base de los hechos, antecedentes y documentación disponibles, y se brindará orientación profesional acerca de las alternativas jurídicas que puedan resultar aplicables.
La reserva, pago o realización de una consulta no implica por sí sola la aceptación del patrocinio del caso, representación judicial o extrajudicial, inicio o seguimiento de expedientes, presentación de escritos, envío de cartas documento o intimaciones, realización de trámites o diligencias, negociación con terceros ni prestación de un servicio de seguimiento posterior.
Cuando luego de la consulta resulte necesaria otra intervención profesional y ambas partes acuerden continuar, su alcance, modalidad, honorarios y gastos serán establecidos separadamente.
11. La consulta no implica aceptación del caso
El hecho de haber reservado y abonado una consulta significa exclusivamente que el Estudio aceptó brindar la consulta contratada.
No deberá interpretarse como aceptación automática de una futura representación, patrocinio o intervención profesional en el asunto.
Cualquier contratación posterior deberá ser aceptada expresamente por el Estudio.
12. Ausencia de garantía de resultado
La consulta constituye una prestación profesional basada en los antecedentes disponibles al momento de su realización.
La contratación de una consulta o de servicios profesionales posteriores no implica garantía de resultado, resolución favorable, duración determinada ni éxito judicial, administrativo o extrajudicial.
La evaluación profesional puede variar si posteriormente aparecen hechos, documentos, antecedentes o circunstancias diferentes de aquellos conocidos al momento de la consulta.
13. Información proporcionada por el consultante
Es responsabilidad del consultante proporcionar información completa, verdadera y relevante respecto del asunto sometido a análisis.
La orientación profesional será elaborada sobre la base de esa información y de la documentación efectivamente disponible.
La existencia de hechos, comunicaciones, documentos, resoluciones, expedientes, contratos o antecedentes que no hayan sido informados puede modificar total o parcialmente el análisis realizado.
14. Envío previo de documentación
Cuando la consulta requiera la revisión previa de documentación, ésta deberá enviarse exclusivamente al correo electrónico oficial del Estudio: dratamararosales@gmail.com.
La documentación deberá ser remitida con una anticipación mínima de 24 horas hábiles respecto del horario de la consulta.
El objetivo de esta anticipación es permitir que la profesional pueda efectuar una revisión previa y utilizar el tiempo de la consulta principalmente para analizar el caso, explicar alternativas y responder las preguntas correspondientes.
Asunto obligatorio del correo
El asunto deberá utilizar el siguiente formato:
DOCUMENTACIÓN CONSULTA – APELLIDO Y NOMBRE – FECHA DEL TURNO – TIPO DE CONSULTA
Ejemplo:
DOCUMENTACIÓN CONSULTA – PÉREZ JUAN – 15/09/2026 – SUCESIÓN
Contenido del mensaje
El correo deberá indicar el nombre y apellido de la persona que realizó la reserva, fecha y horario del turno, tipo de consulta contratada y una descripción breve de la documentación adjunta.
Siempre que resulte posible, toda la documentación deberá enviarse en un único correo electrónico.
Se solicita evitar distribuir documentación entre varios correos, mensajes de WhatsApp, Instagram u otros canales, salvo indicación expresa del Estudio.
Los archivos deberán tener nombres que permitan identificar razonablemente su contenido y enviarse preferentemente en formatos habituales como PDF, JPG o PNG.
15. Documentación enviada fuera de término
La documentación remitida con menos de 24 horas hábiles de anticipación podrá no ser analizada antes del turno.
La recepción del archivo no implica que el Estudio haya confirmado que pudo revisarlo previamente.
La documentación enviada inmediatamente antes o durante la consulta tampoco obliga a realizar su análisis completo dentro de los minutos correspondientes al turno.
Si su cantidad, extensión o complejidad excede razonablemente el alcance de la consulta contratada, el Estudio podrá indicar que corresponde contratar una modalidad con análisis documental o presupuestar separadamente esa tarea.
16. Alcance del análisis documental
El envío previo de documentación no convierte automáticamente una consulta jurídica inicial en una consulta con análisis documental exhaustivo.
Cuando la modalidad reservada incluya expresamente análisis de documentación, se revisará el material razonablemente comprendido dentro de las características y duración del servicio contratado.
Si se reciben expedientes extensos, numerosos contratos, gran cantidad de archivos, audios, videos, conversaciones extensas, antecedentes complejos u otra documentación que requiera un estudio sustancialmente mayor, podrá ser necesario contratar otro servicio.
17. Documentación y material especialmente sensible
No deberá enviarse espontáneamente a través de WhatsApp, redes sociales, formularios generales o correo electrónico material especialmente sensible que no haya sido previamente solicitado.
Esto comprende particularmente material íntimo o sexual, contraseñas, claves bancarias, códigos de seguridad, datos completos de tarjetas, credenciales de acceso y documentación perteneciente a terceros que no resulte necesaria.
Cuando por la naturaleza del asunto —por ejemplo, determinadas consultas penales— resulte necesario analizar imágenes, videos, conversaciones o material íntimo como elemento probatorio, el Estudio indicará previamente la modalidad adecuada para su exhibición o remisión.
18. Recepción de documentación
La mera recepción por parte del Estudio de documentos, fotografías, videos, audios, capturas de pantalla, contratos, expedientes o cualquier otro archivo no implica aceptación del caso ni contratación de servicios adicionales.
Tampoco genera obligación de efectuar actuaciones, controlar vencimientos, realizar presentaciones o iniciar trámites.
19. Plazos judiciales, administrativos y otras urgencias
La reserva de una consulta no suspende, interrumpe ni modifica ningún plazo judicial, administrativo, contractual, de prescripción, caducidad o cualquier otro vencimiento.
Si existe una audiencia próxima, citación, intimación, vencimiento, medida judicial, plazo procesal, plazo administrativo o cualquier circunstancia urgente, deberá ser informada expresamente.
El hecho de haber reservado una consulta para una fecha futura no significa que el Estudio haya aceptado intervenir, controlar o cumplir esos plazos.
Hasta que exista aceptación expresa de una intervención profesional posterior, el control de los vencimientos continúa siendo responsabilidad del interesado y/o del profesional que estuviera interviniendo previamente.
20. Conflictos de intereses e impedimentos profesionales
Antes de analizar el fondo del asunto, el Estudio podrá solicitar los datos mínimos necesarios de personas, empresas, organizaciones u otras partes involucradas a fin de verificar la existencia de un eventual conflicto de intereses o impedimento profesional.
Si se determina que el Estudio no puede intervenir, se evitará analizar el fondo del conflicto en la medida necesaria y, cuando la consulta ya hubiera sido abonada y no pudiera prestarse, se gestionará el reintegro correspondiente.
21. Consultas virtuales
Cuando la consulta sea realizada por videollamada, el consultante deberá contar con conexión a internet, dispositivo compatible y los medios técnicos necesarios.
Se recomienda verificar anticipadamente el acceso a la plataforma, cámara, micrófono y conexión.
Si una falla técnica atribuible al Estudio impidiera realizar la consulta adecuadamente, se ofrecerá una reprogramación sin costo o el reintegro correspondiente.
Si la dificultad fuera atribuible al dispositivo, conexión o configuración del consultante, el Estudio procurará, cuando resulte razonablemente posible, continuar por otro medio. Si ello no fuera posible, se evaluará la situación conforme a las circunstancias concretas.
22. Privacidad durante las consultas virtuales
El consultante es responsable de encontrarse en un entorno que le permita mantener la privacidad que considere adecuada durante la videollamada.
Cuando la naturaleza del asunto lo justifique, podrá solicitarse que determinadas personas no permanezcan presentes durante la consulta para preservar la confidencialidad y posibilitar una adecuada comunicación profesional.
23. Confidencialidad y secreto profesional
La información y documentación recibidas en el marco de la consulta serán tratadas con carácter confidencial y conforme a los deberes profesionales aplicables al ejercicio de la abogacía.
Los datos personales serán utilizados en la medida necesaria para gestionar la reserva, contacto, documentación, facturación y prestación del servicio.
El tratamiento de datos se realizará conforme a la normativa aplicable y a la Política de Privacidad publicada en el sitio.
24. Grabación de las consultas
Las consultas no podrán ser grabadas por ninguna de las partes sin conocimiento y conformidad previa.
Si excepcionalmente resultara necesaria una grabación, su realización, finalidad y utilización deberán ser acordadas previamente.
La realización clandestina de una grabación no se considera autorizada por el mero hecho de haber contratado la consulta.
25. Comunicaciones posteriores
La consulta contratada no incluye un servicio ilimitado de asesoramiento posterior mediante WhatsApp, correo electrónico o redes sociales.
Las comunicaciones meramente administrativas relacionadas con coordinación del turno, modalidad de conexión o recepción de documentación previamente solicitada no constituyen nuevas consultas.
Cuando posteriormente se solicite analizar nuevos hechos, nuevas preguntas jurídicas, documentación adicional, contratos, comunicaciones o circunstancias sobrevenidas, podrá resultar necesaria una nueva consulta.
26. Contratación posterior de servicios profesionales
Si luego de la consulta el consultante desea encomendar al Estudio una actuación profesional, deberá existir aceptación expresa.
Cuando corresponda, se establecerán las tareas comprendidas, alcance, honorarios, gastos, forma de pago, documentación necesaria y demás condiciones particulares.
Hasta que ello ocurra, no deberá presumirse que el Estudio asumió patrocinio, representación o seguimiento del asunto.
27. Plataformas de terceros
El sistema de reservas y determinados pagos se gestionan mediante servicios externos, principalmente Agenda Online y Mercado Pago, que se encuentran sujetos a sus propias condiciones técnicas y operativas.
El Estudio no controla determinados tiempos de procesamiento de Mercado Pago, entidades bancarias, emisores de tarjetas u otros proveedores externos.
28. Contacto administrativo
Para cuestiones administrativas relacionadas con un turno:
WhatsApp: +54 9 11 7234-6576
Correo electrónico: dratamararosales@gmail.com
La documentación destinada a ser analizada deberá enviarse al correo electrónico respetando el procedimiento establecido en estos Términos y Condiciones.
El WhatsApp no debe utilizarse como sustituto del correo electrónico para el envío desorganizado de documentación, salvo que el Estudio lo indique expresamente.
29. Modificación de estas condiciones
El Estudio podrá actualizar estos Términos y Condiciones cuando sea necesario debido a cambios en las modalidades de atención, servicios, plataformas utilizadas, organización profesional o normativa aplicable.
La versión aplicable será la publicada al momento de efectuarse la contratación, sin perjuicio de los derechos y obligaciones establecidos por normas de carácter obligatorio.